Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) 2025: Requisitos, Tasas y Declaraciones
El Régimen Simplificado de Confianza es un esquema fiscal que el SAT implementó en enero de 2022 para simplificar el pago de impuestos de personas físicas y morales con ingresos menores a ciertos límites
- ¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)?
- ¿Quiénes Pueden Tributar en RESICO?
- Tasas de ISR en RESICO 2025
- Declaraciones Mensuales RESICO: Cómo Presentarlas
- Ventajas y Desventajas del RESICO
- Planeación Fiscal Para RESICO
- Cómo Inscribirse o Cambiarse a RESICO
- Obligaciones Adicionales en RESICO
- Casos Prácticos de Cálculo en RESICO
- Preguntas Frecuentes Sobre RESICO
- Recursos Oficiales del SAT
¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)?
. Su objetivo principal es facilitar el cumplimiento tributario mediante tasas reducidas, cálculo automático de impuestos, y eliminación de deducciones complejas.
Este régimen sustituye a varios esquemas anteriores incluyendo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que desapareció, ofreciendo una alternativa más sencilla para pequeños empresarios, profesionistas independientes, comerciantes y arrendadores que antes enfrentaban cargas administrativas y fiscales desproporcionadas.
Características Principales del RESICO
Tasas de ISR reducidas: El impuesto se calcula aplicando tasas progresivas que van del 1% al 2.5% sobre los ingresos brutos mensuales, significativamente menores que los regímenes tradicionales donde las tasas pueden alcanzar hasta 35%.
Sin deducciones autorizadas: A cambio de las tasas bajas, los contribuyentes en RESICO no pueden deducir gastos operativos. El impuesto se calcula directamente sobre los ingresos totales facturados, sin restar ningún tipo de gasto.
Cálculo automático: El SAT calcula automáticamente tu impuesto con base en los ingresos declarados y las facturas electrónicas emitidas. Tú solo confirmas el cálculo y realizas el pago mensual.
Solo pagos mensuales: Los contribuyentes en RESICO están relevados de presentar declaración anual del ISR. Únicamente presentan declaraciones mensuales antes del día 17 de cada mes.
¿Quiénes Pueden Tributar en RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza tiene requisitos específicos de ingresos y actividades permitidas tanto para personas físicas como morales.
Personas Físicas en RESICO
Pueden tributar en este régimen las personas físicas cuyos ingresos totales del ejercicio anterior no excedan 3.5 millones de pesos anuales (aproximadamente $291,666 mensuales promedio). Este límite aplica a la suma de todos tus ingresos por actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento.
Actividades permitidas para personas físicas: Servicios profesionales independientes (abogados, contadores, médicos, consultores, diseñadores), actividades comerciales (tiendas, negocios de venta de productos), prestación de servicios (talleres, reparaciones, mantenimiento), arrendamiento de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
Actividades NO permitidas: Arrendamiento de inmuebles para uso comercial o industrial, actividades primarias (agricultura, ganadería, pesca, silvicultura) que tienen su propio régimen especial, actividades a través de plataformas tecnológicas (Uber, Rappi, Airbnb) que tienen régimen específico.
Personas Morales en RESICO
Las personas morales pueden tributar en RESICO si sus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedieron 35 millones de pesos anuales. Este límite es considerablemente mayor que para personas físicas, reconociendo que las empresas generalmente manejan volúmenes superiores.
Requisitos adicionales para personas morales: Únicamente personas morales del régimen general de ley, socios y accionistas deben ser personas físicas o personas morales también en RESICO, no pueden tener socios o accionistas en el extranjero, y deben cumplir con la presentación de declaraciones informativas correspondientes.
Tasas de ISR en RESICO 2025
Las tasas del Régimen Simplificado de Confianza son progresivas basadas en el nivel de ingresos acumulados durante el año. A diferencia de la tabla general del ISR que tiene múltiples escalones, RESICO tiene solo tres niveles para personas físicas.
Tabla de Tasas RESICO Personas Físicas
Ingresos hasta $1,000,000 anuales: Tasa del 1% sobre el total de ingresos del mes. Si en enero facturas $50,000, pagas $500 de ISR (50,000 × 1%).
Ingresos de $1,000,001 hasta $2,000,000 anuales: Tasa del 1.5% sobre los ingresos mensuales. Con ingresos acumulados de $1,200,000, tus siguientes facturas se gravarán al 1.5%.
Ingresos de $2,000,001 hasta $3,500,000 anuales: Tasa del 2.5% sobre los ingresos mensuales. Al rebasar $2 millones acumulados, aplicas esta tasa máxima hasta llegar al tope de $3.5 millones.
Cálculo acumulativo: Las tasas se aplican según tus ingresos acumulados desde enero del año en curso. Si en febrero alcanzas $1 millón acumulado, a partir de marzo tus declaraciones se calculan al 1.5% aunque ese mes particular factures poco.
Tasas RESICO Personas Morales
Para personas morales, el cálculo es ligeramente diferente aplicando coeficiente de utilidad determinado por el SAT con base en su actividad económica preponderante. La tasa efectiva generalmente resulta entre 1% y 2% de los ingresos, también significativamente menor que el régimen general donde las empresas pagan 30% sobre utilidad fiscal.
Declaraciones Mensuales RESICO: Cómo Presentarlas
Los contribuyentes en RESICO deben presentar declaraciones mensuales provisionales de ISR e IVA (si están obligados) a más tardar el día 17 del mes siguiente al que declaran.
Paso a Paso Para Presentar tu Declaración Mensual RESICO
Acceso al portal: Ingresa a www.sat.gob.mx con tu RFC y Contraseña, o con tu e.firma. Ve a "Declaraciones" > "Presentar declaración" > "Personas Físicas".
Selección de periodo: El sistema identifica automáticamente que estás en RESICO y te muestra el formato específico simplificado. Selecciona el mes que vas a declarar (debes hacerlo en orden secuencial, no puedes saltarte meses).
Carga automática de ingresos: El SAT precarga automáticamente tus ingresos del mes con base en las facturas electrónicas (CFDI) que emitiste. Verifica que la cantidad sea correcta comparándola con tu contabilidad personal.
Confirmación o ajuste: Si la información precargada es correcta, simplemente confírmala. Si detectas errores o ingresos no facturados que debes declarar (aunque no es lo recomendable fiscalmente, a veces ocurren ingresos sin CFDI), puedes capturarlos manualmente.
Cálculo automático del ISR: El sistema aplica la tasa que te corresponde según tus ingresos acumulados del año y calcula automáticamente tu impuesto a pagar. Verifica el monto calculado.
IVA si aplica: Si estás obligado a trasladar IVA (la mayoría de actividades sí lo están), el sistema también calcula tu IVA a cargo restando el IVA acreditable de tus gastos. Si solo tienes ingresos y no gastos deducibles en RESICO, generalmente pagas el 16% de IVA sobre tus ingresos.
Generación de línea de captura: Una vez confirmada la declaración, el sistema genera línea de captura bancaria con el monto total a pagar (ISR + IVA si aplica). Puedes pagar en ventanilla bancaria, por internet banking, o mediante transferencia SPEI.
Pago y envío: Realiza el pago y la declaración queda presentada automáticamente. Guarda tu acuse de presentación y comprobante de pago como respaldo de cumplimiento.
Documentos Necesarios Para tu Declaración Mensual
Aunque el proceso es simplificado, debes tener a la mano tus facturas electrónicas emitidas durante el mes (para verificar que el SAT las haya considerado todas), estados de cuenta bancarios si manejaste efectivo o depósitos sin factura que debas reportar, comprobantes de gastos con IVA si quieres acreditar IVA a favor, y en su caso, información de retenciones de ISR o IVA que te hayan practicado clientes.
Ventajas y Desventajas del RESICO
Ventajas del Régimen Simplificado de Confianza
Tasas muy bajas de ISR: Pagar 1% a 2.5% en lugar de hasta 35% representa ahorro fiscal enorme para contribuyentes que de otra forma pagarían más impuestos en régimen general.
Simplicidad administrativa: No llevar contabilidad compleja, no calcular deducciones, no presentar declaración anual, y que el SAT calcule automáticamente tu impuesto reduce significativamente carga administrativa y costos de contador.
Menos requisitos formales: No necesitas llevar contabilidad electrónica completa como en régimen general. Tus CFDI emitidos son suficiente soporte de ingresos.
Facilita cumplimiento: Para pequeños contribuyentes que antes evadían por complejidad, RESICO hace que cumplir sea tan sencillo que vale la pena hacerlo correctamente.
Desventajas del Régimen Simplificado de Confianza
Sin deducciones: Si tus gastos operativos son altos (más del 40-50% de tus ingresos), probablemente pagarías menos impuestos en régimen general deduciendo gastos que en RESICO pagando sobre ingresos brutos.
Límite de ingresos: Al crecer y rebasar $3.5 millones anuales como persona física, debes cambiar obligatoriamente a régimen general con mayores obligaciones y tasas.
No puedes acumular pérdidas fiscales: En régimen general, las pérdidas de un año se pueden aplicar contra utilidades futuras. En RESICO no existe este concepto; cada mes pagas sobre tus ingresos independientemente de resultados.
IVA no se simplifica: Aunque el ISR es sencillo, el IVA sigue funcionando igual que en otros regímenes. Debes trasladarlo, acreditarlo, y pagarlo mensualmente con sus complejidades normales.
Planeación Fiscal Para RESICO
Aunque RESICO es régimen simplificado, existen estrategias legales para optimizar tu carga fiscal dentro de las reglas establecidas.
Evalúa Si RESICO Conviene Para Tu Situación
Haz el comparativo: Calcula cuánto pagarías en RESICO (aplicando tasas sobre ingresos brutos) vs. cuánto pagarías en régimen general (aplicando tasas progresivas sobre utilidad después de deducciones). Si tus gastos comprobables son menores al 30% de ingresos, probablemente RESICO te conviene.
Considera proyección de crecimiento: Si proyectas crecer rápidamente y rebasar $3.5 millones en 1-2 años, quizá conviene empezar directamente en régimen general para no tener que cambiar después.
Analiza necesidad de deducciones personales: En RESICO no haces declaración anual, por lo que no puedes aplicar deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios) que sí podrías usar en régimen general para recuperar saldo a favor.
Estrategias Legales de Optimización en RESICO
Factura todo inmediatamente: Como pagas sobre lo facturado, si tienes ingresos en efectivo o sin CFDI, técnicamente debes declararlos pero no hay forma de que el SAT los detecte si no los facturas. Sin embargo, lo legal y recomendable es facturar absolutamente todo para evitar problemas fiscales posteriores.
Planea tus ingresos anuales: Si estás cerca de cambiar de escalón (por ejemplo, llevas $950,000 acumulados y faltan 2 meses del año), podrías diferir ingresos a enero siguiente para mantener tasa del 1% todo el año en lugar de subir al 1.5% en noviembre-diciembre.
Separa actividades si es viable: Si tienes múltiples actividades, evalúa si conviene separarlas en diferentes RFCs (respetando reglas de no simulación) para que cada actividad tribute independientemente y no sume para rebasar límites de RESICO.
Cómo Inscribirse o Cambiarse a RESICO
Si actualmente estás en otro régimen y deseas cambiarte a RESICO, o si eres contribuyente nuevo, el proceso es relativamente sencillo.
Inscripción en el RFC Directamente en RESICO
Si es tu primera vez tributando, al darte de alta en el RFC seleccionas "Régimen Simplificado de Confianza" como tu régimen fiscal en la opción de obligaciones fiscales. Este es el caso de personas que inician actividades empresariales o profesionales por primera vez.
Cambio de Régimen a RESICO
Si ya tienes RFC activo en otro régimen (actividad empresarial general, honorarios, arrendamiento tradicional), puedes cambiar a RESICO presentando aviso de cambio de régimen. Este cambio se puede hacer en cualquier momento del año, aunque lo ideal es hacerlo con efectos a partir de enero siguiente para evitar complicaciones de cambios a mitad de ejercicio.
Procedimiento de cambio: Ingresa al portal del SAT con tu e.firma o contraseña, ve a "Trámites" > "RFC" > "Solicitud de inscripción o actualización de obligaciones", selecciona "Régimen Simplificado de Confianza" y el sistema actualiza tu situación fiscal. Recibes acuse de actualización que confirma tu nuevo régimen.
Plazo para cambios: El SAT generalmente acepta cambios de régimen presentados hasta el 31 de enero del año en que quieres tributar en RESICO. Si presentas cambio en febrero o después, generalmente surtirá efectos hasta el siguiente año fiscal.
Obligaciones Adicionales en RESICO
Aunque el régimen es simplificado, existen obligaciones adicionales al pago mensual de impuestos que debes cumplir.
Emisión de CFDI (Facturas Electrónicas)
Como en prácticamente todos los regímenes, debes emitir CFDI por cada ingreso que percibas. Usa un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para timbrar tus facturas. El costo por timbre generalmente es de $1 a $3 pesos dependiendo del volumen mensual que factures.
Llevar Registro de Ingresos (Simplificado)
Aunque no llevas contabilidad formal completa, debes mantener registro de tus ingresos mensuales que respalde tus declaraciones. Una hoja de cálculo simple donde registres fecha, cliente, concepto, y monto de cada ingreso es suficiente para propósitos de RESICO.
Presentar Declaraciones Informativas
Dependiendo de tu actividad, puedes tener obligación de presentar Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) si realizas compras a proveedores con IVA acreditable, aunque en RESICO esto es menos común.
Buzón Tributario Activo
Todos los contribuyentes en RESICO deben tener habilitado su Buzón Tributario para recibir notificaciones del SAT sobre requerimientos, invitaciones, o cualquier comunicación oficial de la autoridad fiscal.
Casos Prácticos de Cálculo en RESICO
Para entender mejor cómo funciona el cálculo de impuestos en RESICO, revisemos ejemplos reales.
Ejemplo 1: Profesionista Independiente
María es diseñadora gráfica freelance. En 2025 factura $80,000 pesos mensuales promedio. Al cierre del primer trimestre lleva ingresos acumulados de $240,000.
Cálculo ISR enero-marzo: Como sus ingresos acumulados están por debajo de $1 millón, aplica tasa del 1%. En enero paga $800 (80,000 × 1%), febrero $800, marzo $800. Total ISR trimestral: $2,400.
Cálculo IVA: Suponiendo que cobra IVA a sus clientes pero no tiene gastos deducibles significativos, cada mes paga aproximadamente $12,800 de IVA (80,000 × 16%). Total IVA trimestral: $38,400.
Comparativo con régimen general: Si María estuviera en régimen general deduciendo 30% de gastos ($24,000), su utilidad fiscal sería $56,000 mensuales. Con tasa aproximada de 20% pagaría $11,200 de ISR mensual. RESICO le representa ahorro enorme: $800 vs. $11,200.
Ejemplo 2: Comerciante con Negocio Físico
José tiene una tienda de abarrotes. Factura $250,000 mensuales. En julio alcanza $1,500,000 acumulados del año.
Cálculo hasta junio: Con $1 millón acumulados en junio, durante enero-junio pagó 1% de ISR. En julio rebasa el millón, así que a partir de julio aplicará tasa de 1.5%.
Julio en adelante: En julio factura $250,000. Como ya rebasó $1 millón acumulado, paga 1.5% = $3,750 de ISR en julio.
Comparativo: Si José estuviera en régimen general y su margen de utilidad real (después de costo de mercancía y gastos) fuera 15% ($37,500 mensuales), pagaría aproximadamente $5,600 de ISR mensual en régimen general. En RESICO paga menos incluso calculando sobre ingresos brutos porque la tasa del 1.5% sobre $250,000 ($3,750) es menor que 15% sobre $37,500.
Preguntas Frecuentes Sobre RESICO
¿Puedo estar en RESICO si tengo varios ingresos? Sí, puedes tener ingresos por servicios profesionales, actividad comercial y arrendamiento simultáneamente, siempre que la suma total no exceda $3.5 millones anuales. Todos tributan en RESICO bajo las mismas tasas.
¿Qué pasa si rebaso los $3.5 millones durante el año? Debes cambiar obligatoriamente a régimen general a partir del mes siguiente en que rebasaste el límite. Presentas aviso de cambio de régimen y tus siguientes declaraciones serán en el nuevo régimen.
¿Puedo recuperar saldo a favor en RESICO? Sí, si pagaste más ISR del que te correspondía o te retuvieron impuestos tus clientes, puedes solicitar devolución del saldo a favor. Aunque no presentas anual, puedes pedir devolución mediante declaración complementaria.
¿Los asalariados pueden estar en RESICO? No directamente por su salario. El salario siempre tributa como asimilado a salarios. Sin embargo, un asalariado puede tener adicionalmente actividad empresarial o profesional que tribute en RESICO si cumple requisitos.
¿RESICO aplica para extranjeros residentes en México? Sí, los residentes extranjeros en México que realicen actividades empresariales o profesionales pueden tributar en RESICO si cumplen los requisitos de ingresos y actividades permitidas.
¿Debo presentar declaración anual en RESICO? No. Los contribuyentes en RESICO están relevados de presentar declaración anual del ISR. Solo presentan declaraciones mensuales.
Recursos Oficiales del SAT
- Portal SAT - RESICO: www.sat.gob.mx - Sección dedicada al Régimen Simplificado de Confianza con guías, simuladores de cálculo, y videos tutoriales
- MarcaSAT: 55 6272 2728 - Atención telefónica para dudas sobre RESICO, apoyo para presentar declaraciones, y aclaraciones sobre cálculos de impuestos
- Declaraciones en línea: Portal SAT > Declaraciones > Personas Físicas - Sistema para presentar tus declaraciones mensuales RESICO
- Simulador de RESICO: Herramienta en línea del SAT donde puedes simular cuánto pagarías de impuestos en RESICO con tus ingresos proyectados
AVISO IMPORTANTE: Este contenido es informativo sobre el Régimen Simplificado de Confianza. No constituye asesoría fiscal personalizada. Para situaciones específicas de cumplimiento tributario, consulta con contadores públicos certificados.
Última actualización: Octubre 2025 | Información basada en Ley del ISR y disposiciones del SAT vigentes
