Consultar DIoTs presentadas en el SAT: guía completa 2026
Información orientativa. Los portales del SAT pueden cambiar su navegación. Verifica siempre en sat.gob.mx. Última revisión: mayo 2026.
Para consultar las DIoTs presentadas desde agosto 2025 en adelante, accede a pstcdi.clouda.sat.gob.mx → sección Consulta de declaraciones presentadas. Para declaraciones del esquema anterior (2024 y previos), usa acuse.sat.gob.mx. En ambos casos puedes consultar por período sin necesitar el folio. Si una declaración no aparece en la consulta, lo más probable es que no se haya enviado correctamente.
Dos portales, dos universos de declaraciones
La primera confusión que genera esta búsqueda es que muchos contribuyentes buscan en el lugar equivocado. Desde la migración de agosto 2025, el historial de DIoTs está dividido en dos sistemas distintos que no se comunican entre sí:
| Portal | Declaraciones que muestra | Permite reimpresión | Acepta nuevos envíos |
|---|---|---|---|
| pstcdi.clouda.sat.gob.mx | DIoTs presentadas desde agosto 2025 (y extemporáneas enviadas por este portal) | ✅ Sí | ✅ Sí |
| acuse.sat.gob.mx | DIoTs enviadas con DEM/DPIVA hasta julio 2025 | ✅ Sí | ❌ No |
Si buscas una declaración de 2023 en pstcdi y no aparece, no significa que no se presentó — simplemente fue enviada con el esquema anterior y vive en el otro portal. Y al revés: las DIoTs presentadas en 2025 o 2026 mediante la nueva plataforma no aparecerán en acuse.sat.gob.mx.
Cómo consultar las DIoTs presentadas (2025 en adelante)
pstcdi.clouda.sat.gob.mx con tu RFC y contraseña SAT. Personas morales deben autenticarse con e.firma vigente.Cómo consultar DIoTs del esquema anterior (2024 y previos)
acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm con tu RFC y contraseña SAT.Recuperar folios de DIoTs presentadas sin el número de operación
Esta es la búsqueda más frecuente dentro del cluster: el contribuyente presentó su DIOT, sabe que la envió, pero no guardó el folio ni el acuse en su momento. Recuperar los folios de DIoTs presentadas es posible en ambos portales sin necesitar el número de operación.
Sin folio en la nueva plataforma (2025+)
El proceso es el mismo que la consulta normal: entras a pstcdi, seleccionas el período y el sistema lista automáticamente todas las declaraciones enviadas desde ese RFC. No necesitas el folio previo — el historial completo está disponible solo con las credenciales de acceso. El número de folio aparece en el listado y puedes descargarlo desde ahí.
Sin folio en el portal histórico (2024 y anteriores)
En acuse.sat.gob.mx, algunos ejercicios permiten localizar la declaración solo con RFC y período; otros requieren el número de operación original. Si el período no aparece al consultar solo con el RFC:
- Revisa el Buzón Tributario de ese RFC — el SAT a veces envía confirmaciones de envío como acuses digitales
- Busca en el historial de correos electrónicos del período — algunos sistemas contables enviaban el número de folio por email tras el envío exitoso
- Si ninguna opción funciona, puedes iniciar una aclaración ante el SAT desde Mi Portal, seleccionando el trámite de "Aclaración de declaración no localizada" e indicando el período y tipo de declaración
¿Qué significa cada estatus en la consulta?
| Estatus | Significado | ¿Acredita cumplimiento? | Acción recomendada |
|---|---|---|---|
| Aceptada | La declaración fue procesada y validada por el SAT sin inconsistencias | ✅ Sí | Descarga y guarda el acuse definitivo |
| Recibida | El SAT recibió el archivo pero aún está procesándolo | ⏳ Pendiente | Espera 30-60 minutos y vuelve a consultar |
| Con errores | El SAT detectó inconsistencias durante el procesamiento — la declaración no se considera cumplida | ❌ No | Corrige los errores y presenta declaración complementaria |
| No aparece | No existe registro de envío para ese período en el portal consultado | ❌ No | Verifica en el otro portal; si no está en ninguno, la DIOT no fue enviada |
¿Se puede cancelar una DIOT ya enviada?
Esta pregunta aparece frecuentemente y la respuesta es técnicamente no existe una cancelación de DIOT como tal — a diferencia del CFDI, la declaración informativa no tiene un mecanismo de cancelación en el SAT. Lo que existe en su lugar es la declaración complementaria, que sustituye a la declaración original con la información corregida.
Si enviaste una DIOT con errores y quieres "cancelarla", el proceso correcto es:
- Presenta una declaración complementaria para el mismo período desde pstcdi.clouda.sat.gob.mx
- Selecciona el tipo "Complementaria" e indica el folio de la declaración que estás sustituyendo
- Carga los datos correctos — la complementaria reemplaza íntegramente a la original en los registros del SAT
- Descarga el nuevo acuse de aceptación como comprobante de la corrección
Si presentaste la DIOT con datos completamente incorrectos —por ejemplo, del período equivocado— la complementaria también es la vía, aunque en ese caso conviene consultar con un contador certificado si hay implicaciones adicionales en el cruce de información del SAT.
Si tienes el PDF del acuse de aceptación con número de folio pero la declaración no aparece en la consulta del portal, puede ser un problema de sincronización temporal del sistema. Espera 24-48 horas y vuelve a consultar. Si después de ese plazo sigue sin aparecer, usa el número de folio del acuse para iniciar una aclaración en Mi Portal del SAT — ese folio es la prueba de envío independientemente de lo que muestre la consulta.
Qué hacer si no puedes ver las DIoTs presentadas
Los problemas de acceso a la consulta tienen causas conocidas y soluciones directas:
- El sistema muestra "No se encontraron declaraciones" — primero verifica que estás en el portal correcto para el período que buscas (pstcdi para 2025+, acuse.sat.gob.mx para previos). Si el período corresponde y el portal es correcto, la declaración probablemente no se envió.
- Error de autenticación al intentar consultar — verifica que el RFC ingresado corresponde exactamente al RFC bajo el que se presentó la declaración. Para personas morales, la e.firma debe estar vigente.
- El portal muestra error técnico — el portal de pstcdi puede tener intermitencias en días de alta demanda (previos al día 17). Intenta en horario de menor carga o usa el Buzón Tributario para reportar el problema.
- Solo aparecen algunas declaraciones, no todas — el historial de la nueva plataforma solo incluye declaraciones enviadas desde agosto 2025 o extemporáneas presentadas por ese portal. Las declaraciones del DEM no migran automáticamente al historial de pstcdi.
Preguntas frecuentes sobre consulta de DIoTs presentadas
¿Puedo consultar las DIoTs presentadas de ejercicios anteriores sin el folio?
Sí. En pstcdi.clouda.sat.gob.mx puedes filtrar por período sin necesitar el folio previo — el sistema lista todas las declaraciones del RFC para el año y mes que selecciones. En acuse.sat.gob.mx, la consulta por período funciona para la mayoría de los ejercicios; si no localiza la declaración, necesitarías el número de operación original o iniciar una aclaración ante el SAT.
¿Cuánto tiempo conserva el SAT el historial de DIoTs presentadas?
El SAT no tiene un límite publicado de tiempo para el historial de declaraciones informativas en sus portales. En la práctica, el portal histórico acuse.sat.gob.mx tiene registros de ejercicios desde 2010-2012 en adelante, aunque la disponibilidad varía. Para efectos de conservación obligatoria, el artículo 30 del CFF exige que el contribuyente guarde sus propios acuses y documentación por al menos 5 años — no es suficiente depender del portal del SAT como único respaldo.
¿La consulta de DIoTs presentadas tiene algún costo?
No. La consulta, reimpresión de acuses y verificación del historial de declaraciones informativas es completamente gratuita en los portales oficiales del SAT. No pagues por servicios de terceros que ofrezcan acceso al historial de tus declaraciones — esa información es accesible directamente con tu RFC y contraseña.
¿Puedo consultar las DIoTs de un RFC diferente al mío?
No directamente. Cada RFC solo puede acceder a su propio historial de declaraciones. Si eres contador o despacho fiscal que gestiona múltiples clientes, necesitas acceder con las credenciales de cada RFC (contraseña SAT o e.firma del contribuyente). No existe un visor consolidado para gestores de varios contribuyentes.
¿Qué pasa si la consulta muestra la DIOT como "Con errores" en un período ya cerrado?
La declaración "Con errores" no acredita cumplimiento, independientemente de cuánto tiempo haya pasado. Si detectas un período histórico en ese estatus, debes presentar una declaración complementaria para ese período desde la nueva plataforma. Es una declaración extemporánea, que puede generar multa por presentación tardía, pero regulariza el cumplimiento de la obligación.
