Nueva plataforma DIOT SAT 2025: qué cambió, cómo migrar y errores de transición

Información orientativa. Los portales y reglas del SAT pueden cambiar. Verifica siempre en sat.gob.mx. Última revisión: mayo 2026.

Respuesta directa

Desde el 1 de agosto de 2025, la DIOT se presenta exclusivamente en pstcdi.clouda.sat.gob.mx. Los programas DEM, DPIVA y el portal anterior quedaron fuera de servicio de forma definitiva. El nuevo aplicativo es 100% web, no requiere instalación, amplió el formato de 24 a 54 campos y permite presentar tanto declaraciones 2025 como extemporáneas de ejercicios anteriores.

¿Por qué cambió la plataforma DIOT?

El sistema anterior de la DIOT llevaba más de una década sin cambios estructurales. Los programas descargables DEM (Declaración Electrónica Múltiple) y DPIVA operaban con tecnología de escritorio que generaba fricciones: requería instalación en cada equipo, dependía de versiones de Java específicas, solo funcionaba en Windows, y el formato de 24 campos no capturaba el nivel de detalle que el SAT necesita para sus cruces de información en tiempo real.

La nueva plataforma forma parte de la estrategia de digitalización fiscal del SAT iniciada con el CFDI 4.0 y la contabilidad electrónica. El objetivo declarado es que el SAT pueda validar en el momento del envío la consistencia entre el IVA declarado por el contribuyente y el IVA reportado por sus proveedores, cerrando el tiempo de detección de discrepancias de meses a días.

Línea de tiempo: del DEM a la plataforma web

Febrero 2025

El SAT habilita el nuevo aplicativo web en pstcdi.clouda.sat.gob.mx como sistema en paralelo. Los contribuyentes podían usarlo de forma voluntaria mientras el portal anterior seguía activo.

Marzo 2025 — el episodio de la "no prórroga"

Ante reportes masivos de errores técnicos en el nuevo portal, el SAT reactivó temporalmente el portal anterior sin conceder prórroga formal para los plazos de presentación. Los contadores podían usar cualquiera de los dos sistemas, pero las fechas límite no se movieron. Este fue el dato clave que mucha documentación oficial omitió: las multas por presentación tardía corrieron sin cambios aunque el sistema nuevo fallara.

Mayo 2025 — 3ª Modificación a la RMF 2025

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2025 (vigente desde el 14 de mayo), la tercera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal formalizó las reglas de operación de la nueva plataforma y estableció el 1 de agosto como fecha definitiva de migración obligatoria.

31 de julio de 2025

Último día de operación del portal anterior y de los programas descargables DEM y DPIVA. A las 23:59 de ese día, el sistema antiguo dejó de aceptar nuevos envíos de forma definitiva.

1 de agosto de 2025 — migración obligatoria

La nueva plataforma web pasa a ser el único canal válido para presentar la DIOT. Esto aplica tanto para declaraciones del ejercicio 2025 como para extemporáneas de cualquier año anterior. Sin excepción ni portal de respaldo.

2026 en adelante

La plataforma sigue siendo el canal único. El portal de reimpresión de acuses históricos (acuse.sat.gob.mx) continúa operando para consultar declaraciones presentadas con el esquema anterior a julio 2025, pero no acepta nuevos envíos.

Comparativa: esquema anterior vs nueva plataforma

CaracterísticaDEM / DPIVA (anterior)Nueva plataforma 2025
AccesoPrograma descargable para WindowsNavegador web, sin instalación
Sistema operativoSolo Windows (requería Java)Cualquier sistema con navegador actualizado
Campos por registro24–25 campos54 campos
Formato de envíoArchivo .dec encriptadoCaptura manual en línea o archivo .txt
ValidaciónSolo al enviar (sin retroalimentación previa)Validación en tiempo real durante la carga
Límite carga masivaSin límite documentado40,000 registros por archivo
Historial de declaracionesLocal en el equipoConsultable en línea por RFC
AutenticaciónRFC + CIEC (contraseña)RFC + contraseña SAT (PF) o e.firma (PM)
ComplementariasDesde el mismo softwareDesde la plataforma, sustitución del archivo
Ejercicios anterioresSolo hasta 2024 (ya inactivo)Todos los ejercicios, incluyendo 2024 y previos

Los cambios técnicos más relevantes del nuevo formato

De 24 a 54 campos: qué información adicional se captura

El salto de 24 a 54 campos no es cosmético. Los 30 campos nuevos capturan granularidad que el sistema anterior no tenía:

  • Desglose entre IVA acreditable e IVA no acreditable — antes se reportaba solo el total acreditable; ahora el SAT distingue qué parte del IVA el contribuyente puede acreditar y qué parte no (gastos no deducibles, uso mixto, entretenimiento)
  • Operaciones a tasa cero desglosadas por subcategoría — exportaciones, alimentos, medicamentos y otros conceptos exentos o a tasa cero tienen campos propios
  • IVA en zona fronteriza norte al 8% — antes no existía un campo específico para la tasa reducida fronteriza
  • Operaciones con plataformas digitales — campo específico para retenciones de IVA realizadas por plataformas tecnológicas (Uber, Airbnb, Rappi, etc.)
  • Catálogo de países ampliado — para proveedores extranjeros, el nuevo formato requiere el código de país conforme al catálogo SAT actualizado
  • Notas de crédito y ajustes del período — campos específicos para registrar cada nota de crédito y devoluciones y descuentos del período sin necesitar una declaración complementaria solo por ese concepto

El archivo .dec ya no existe

En el sistema anterior, el programa DEM generaba un archivo con extensión .dec — un contenedor encriptado propietario del SAT que empaquetaba la información de la DIOT antes de enviarla. Ese formato desapareció completamente.

En la nueva plataforma, la información viaja de dos maneras: capturada directamente en formulario web (hasta 30 registros) o mediante un archivo .txt de texto plano con separador pipe para la carga masiva. El .txt es abierto, legible, auditable y generado por cualquier sistema contable o hoja de cálculo con el layout correcto.

Qué pasa con las declaraciones del esquema anterior

Esta es la pregunta que más genera confusión entre contadores con declaraciones pendientes o que necesitan hacer correcciones a períodos presentados antes de agosto 2025.

Reimprimir acuses de DIoTs presentadas con DEM/DPIVA

El portal acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm sigue activo exclusivamente para consultar e imprimir acuses de declaraciones enviadas con el esquema anterior. No acepta nuevos envíos. Si necesitas reimprimir el acuse de una DIOT presentada en 2024 o antes, usa ese portal con tu RFC y contraseña.

Presentar una declaración complementaria de un período anterior

Si necesitas corregir una DIOT presentada con el sistema antiguo (por ejemplo, corregir un período de 2023 o 2024), la complementaria se presenta en la nueva plataforma, no en el portal antiguo. El sistema te pedirá que selecciones el tipo de declaración como "Complementaria" e ingreses el folio o número de operación de la declaración original que estás corrigiendo.

⚠️ Complementaria de esquema anterior en el nuevo portal

Al presentar una complementaria de un período declarado con DEM/DPIVA, el nuevo portal acepta el layout de 54 campos para todos los ejercicios. Algunos sistemas contables generan automáticamente el nuevo formato incluso para períodos históricos; si el tuyo no lo hace, deberás adaptar el archivo manualmente o usar la captura manual para pocos registros.

Declaraciones extemporáneas de años anteriores

Las declaraciones de 2024, 2023, 2022 o cualquier ejercicio previo que no se hayan presentado en su momento se envían ahora en la nueva plataforma. El proceso es idéntico al de una declaración del período actual: seleccionas el ejercicio y mes correspondiente. La plataforma no restringe qué año puedes declarar.

Errores frecuentes en la transición

Los problemas más reportados por contadores durante los primeros meses de la migración:

  • Intentar subir el archivo .dec del DEM — el nuevo portal no reconoce ese formato. Solo acepta .txt con el layout de 54 campos o captura directa en pantalla.
  • Usar el layout de 24 campos en el nuevo portal — genera el error exacto: "se esperan 54 campos y se están recibiendo 25". El archivo debe regenerarse completamente.
  • ContPaqi o Aspel sin actualizar — las versiones anteriores a las actualizaciones de agosto 2025 generan el layout antiguo. Actualizar el sistema contable es el primer paso antes de intentar cualquier envío.
  • E.firma vencida para personas morales — la nueva plataforma requiere e.firma vigente para personas morales; no acepta solo contraseña SAT como hacía el portal anterior para algunos casos. Una e.firma vencida bloquea completamente el acceso.
  • Notas de crédito no registradas en el período correcto — el nuevo formato tiene campos específicos para notas de crédito; registrarlas en el período equivocado genera inconsistencia con el IVA declarado mensualmente.
  • Confundir el portal de reimpresión con el portal de envíoacuse.sat.gob.mx es solo para consulta de acuses históricos; el envío de cualquier DIOT, incluyendo extemporáneas, va a pstcdi.clouda.sat.gob.mx.
¿Qué hacer si el nuevo portal presenta fallas el día del vencimiento? El antecedente de marzo 2025 es claro: el SAT puede reactivar temporalmente el sistema anterior como válvula de emergencia, pero no concede prórroga en los plazos. Si el portal falla el día 17, la recomendación es documentar el intento (captura de pantalla con fecha y hora), intentar en horario de menor carga (madrugada) y contactar al SAT por Buzón Tributario para dejar constancia del problema técnico.

Preguntas frecuentes sobre la nueva plataforma DIOT

¿Puedo seguir usando el programa DEM para presentar la DIOT?

No. El programa DEM y el portal DPIVA quedaron fuera de servicio el 31 de julio de 2025. Desde el 1 de agosto de 2025, el único canal válido para presentar la DIOT — de cualquier ejercicio — es pstcdi.clouda.sat.gob.mx. No existe alternativa oficial.

¿Cuándo entró en vigor el nuevo aplicativo DIOT?

El nuevo aplicativo estuvo disponible de forma voluntaria desde febrero de 2025. Se volvió obligatorio el 1 de agosto de 2025, según lo formalizado en la 3ª Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 publicada en el DOF el 13 de mayo de 2025.

¿El nuevo portal funciona en Mac?

Sí. A diferencia del programa DEM que solo corría en Windows, la nueva plataforma es 100% web y funciona en cualquier sistema operativo con navegador actualizado. Chrome y Firefox son los más recomendados; Safari en Mac generalmente también funciona. La limitación de Mac aplica solo si generas el archivo .txt de carga batch con Excel para Mac, que tiene diferencias en el manejo de codificación y saltos de línea.

¿El nuevo portal requiere Java?

No. Uno de los cambios más relevantes para el usuario final: el DEM requería una versión específica de Java instalada en el equipo, lo que generaba conflictos frecuentes con otras aplicaciones. La nueva plataforma no depende de Java ni de ningún complemento del navegador.

¿Cómo presento una DIOT complementaria de un período que declaré con DEM?

En la nueva plataforma pstcdi.clouda.sat.gob.mx, seleccionas "Complementaria" como tipo de declaración, indicas el período que quieres corregir e ingresas el folio de la declaración original. El nuevo portal acepta complementarias de cualquier ejercicio anterior, aunque la declaración original haya sido presentada con el esquema DEM o DPIVA.

¿El cambio de plataforma afecta a los RESICO o al RIF?

Solo a quienes tienen la obligación activa de presentar la DIOT. Los RESICO con ingresos menores a 4 millones de pesos y operaciones 100% con CFDI siguen relevados de la obligación — el cambio de plataforma no amplía ni reduce el universo de obligados; solo cambia el canal para quienes ya estaban obligados.

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