Deducciones en RESICO: Qué Sí Puedes Deducir (y Por Qué No Es Todo o Nada)

Aviso: Artículo informativo basado en los Arts. 113-G, 113-H, 113-I, 151 LISR (personas físicas) y Arts. 208–210 LISR (personas morales). No constituye asesoría fiscal personalizada. Consulta con un contador público para tu situación específica.

La respuesta común — "en RESICO no hay deducciones" — es incorrecta. Lo correcto es que hay tres capas distintas: (1) No puedes deducir gastos del negocio para calcular el ISR mensual — ahí sí, cero deducciones. (2) Sí puedes acreditar el IVA de tus gastos para reducir el IVA que pagas al SAT cada mes. (3) Sí puedes aplicar deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, hipoteca) si presentas declaración anual voluntaria.

Además, existe la deducción de inversiones (activos fijos) regulada en el Art. 113-H LISR con tasas propias del régimen — un punto que casi nadie menciona.

Las 3 capas de deducciones en RESICO: ISR mensual, IVA e ISR anual

El error de decir que RESICO "no tiene deducciones" nace de confundir tres mecanismos distintos que operan en paralelo. Son completamente independientes entre sí:

❌ Capa 1 — ISR mensual
Sin deducciones de gastos del negocio
Tu ISR mensual se calcula sobre tus ingresos brutos cobrados. No puedes restar el costo de las mercancías, los sueldos, la renta del local, ni ningún gasto operativo. La tasa baja (1%–2.5%) es la contraparte de no deducir. Fundamento: Art. 113-E LISR.
✅ Capa 2 — IVA mensual
Sí puedes acreditar el IVA de tus gastos
El IVA que pagaste a tus proveedores (el 16% en sus facturas) se resta del IVA que trasladaste a tus clientes. Esta diferencia es el IVA que pagas al SAT. El RESICO no modifica esta mecánica. Fundamento: Art. 5 LIVA. Ver: IVA en RESICO.
⚠️ Capa 3 — ISR anual voluntario
Sí, con deducciones personales
Si presentas la declaración anual voluntariamente (no obligatorio en la mayoría de casos), puedes aplicar deducciones personales del Art. 151 LISR: gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, etc. El resultado puede ser saldo a favor. Reglas 3.13.20 y 3.13.21 RMF 2026.
⚠️ El error más costoso: contribuyentes RESICO con gastos médicos altos, colegiaturas o intereses hipotecarios que nunca presentan la declaración anual voluntaria. Ese saldo a favor se pierde definitivamente — el SAT no lo devuelve de oficio. Si tienes deducciones personales significativas, corre la calculadora de la guía de declaración anual voluntaria.

Mapa completo: qué puedes y no puedes deducir en RESICO personas físicas

Este es el inventario de los conceptos más consultados, con el veredicto real y el fundamento legal de cada uno:

Gastos del negocio para ISR mensual

Costos de mercancía o materia prima No deducibles para ISR en RESICO PF. El ISR se calcula sobre ingresos brutos sin restar el costo de lo vendido. En el régimen general de actividad empresarial sí sería deducible. Art. 113-E LISR — ISR sobre ingresos brutos
Renta del local o espacio de trabajo No deducible para ISR mensual RESICO PF. Tampoco el arrendamiento de equipo o vehículos relacionados con la actividad. Art. 113-E LISR
Sueldos y salarios de empleados No deducibles para ISR mensual RESICO PF, aunque sí son gastos reales del negocio. En régimen general de actividad empresarial sí serían deducibles. Art. 113-E LISR
Gasolina y combustibles No deducible para ISR mensual RESICO PF. Sin embargo, el IVA de la gasolina pagada con tarjeta (con CFDI) sí puede acreditarse en la declaración de IVA mensual — eso no es lo mismo que deducir para ISR. Art. 113-E LISR / Art. 5 LIVA (para IVA)
Gastos de papelería, servicios, internet, teléfono No deducibles para ISR mensual. El IVA de estos gastos sí puede acreditarse si cuentas con el CFDI y los pagaste con medios electrónicos. Art. 113-E LISR / Art. 5 LIVA
Cuotas patronales al IMSS e INFONAVIT No deducibles para ISR mensual RESICO PF. En el régimen general sí serían deducibles como parte de la nómina. Art. 113-E LISR

Inversiones y activos fijos — La excepción que nadie menciona

Deducción de inversiones (activos fijos) con tasas especiales RESICO Esta es la excepción más ignorada. El Art. 113-H LISR establece que las personas físicas RESICO sí pueden deducir las inversiones en activos fijos (equipo de cómputo, maquinaria, vehículos de trabajo, etc.), pero con tasas de depreciación distintas a las del régimen general. La deducción se aplica contra los ingresos en la declaración anual voluntaria, no en los pagos mensuales. Art. 113-H LISR — Deducción de inversiones RESICO PF
Automóviles como activo fijo Un RESICO puede deducir un automóvil como inversión (Art. 113-H), pero con el tope del Art. 36-II LISR: el MOI (monto original de la inversión) máximo deducible es de $175,000 para automóviles no eléctricos o $250,000 para híbridos/eléctricos. Solo en declaración anual voluntaria. El automóvil debe ser estrictamente indispensable para la actividad. Art. 113-H + Art. 36-II LISR

IVA acreditable de gastos

IVA de gastos pagados con medios electrónicos (tarjeta o transferencia) El IVA que pagaste a tus proveedores — siempre que cuentes con el CFDI y hayas pagado por medio electrónico — es acreditable en tu declaración de IVA mensual. Reduce directamente el IVA que debes pagar al SAT. Este mecanismo existe en todos los regímenes y RESICO no lo elimina. Art. 5 LIVA
IVA de gastos pagados en efectivo Generalmente no acreditable si el gasto se pagó en efectivo. El Art. 5 LIVA exige que el IVA acreditable corresponda a erogaciones estrictamente indispensables y que los pagos mayores a $2,000 se hagan con medios electrónicos para ser deducibles. Pagar en efectivo puede hacer que el IVA no sea acreditable. Art. 5 LIVA + Art. 27-III LISR (aplicado analógicamente)

Deducciones personales (solo en declaración anual voluntaria)

Gastos médicos, dentales y hospitalarios Propios y de dependientes económicos (cónyuge, hijos, padres, abuelos). Deben estar pagados con tarjeta o transferencia. CFDI a tu nombre. Aplican solo en declaración anual voluntaria del ejercicio. Art. 151 fr. I LISR
Colegiaturas (preescolar a bachillerato) Con topes por nivel: preescolar $14,900, primaria $12,900, secundaria $19,900, profesional técnico $17,100, bachillerato $24,500. Deben pagarse con medios electrónicos y el CFDI debe contener el dato de CURP del estudiante. Decreto DOF 15-feb-2011 + Art. 151 LISR
Intereses reales de crédito hipotecario (casa habitación) Solo la parte de intereses "reales" (nominales menos inflación). El banco o institución te emite la constancia de retenciones e intereses. Aplica solo para casa habitación, no para segunda vivienda ni propiedades comerciales. Art. 151 fr. IV LISR
Primas de seguros de gastos médicos mayores Para ti y tus dependientes económicos. Debe ser seguro de gastos médicos — no seguro de vida ni seguro de auto. CFDI de la aseguradora a tu RFC. Art. 151 fr. VI LISR
Aportaciones voluntarias y complementarias a la Afore Las aportaciones que tú haces directamente a tu subcuenta de retiro, adicionales a las obligatorias del IMSS. Límite: 10% de tus ingresos acumulables o cinco UMA anuales (aprox. $198,000 para 2025), lo que sea menor. Art. 151 fr. V LISR
Donativos a donatarias autorizadas A instituciones con autorización vigente del SAT (universidades públicas, instituciones de asistencia o beneficencia, etc.). Límite: 7% de tus ingresos acumulables del ejercicio anterior. Art. 151 fr. III LISR
Gastos funerarios Para ti o dependientes económicos, hasta un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año (aprox. $98,000 para 2025). Art. 151 fr. II LISR
Transporte escolar obligatorio Solo cuando es obligatorio y está incluido en el cobro del colegio (no opcional). CFDI de la institución educativa. Art. 151 fr. I LISR
Tope global de deducciones personales: el total de todas las deducciones personales (Arts. 151 y Decreto de colegiaturas) no puede exceder el mínimo entre cinco UMA anuales (aproximadamente $198,048 para 2025) o el 15% de tus ingresos totales del ejercicio. Si tus ingresos anuales son $400,000, el tope es el 15% de $400,000 = $60,000. Si tus ingresos son $1,500,000, el tope sería $225,000, pero se aplica el de cinco UMA = $198,048.

Deducción de inversiones RESICO: tasas del Art. 113-H que nadie publica juntas

El Art. 113-H LISR establece tasas de depreciación diferentes a las del régimen general (Art. 34 LISR) para los activos fijos de contribuyentes RESICO personas físicas. La intención es permitir una deducción más rápida — en muchos casos al 100% en el año de adquisición — como parte del diseño simplificado del régimen.

Tipo de activo Tasa RESICO (Art. 113-H) Tasa régimen general (Art. 34)
Equipo de cómputo (computadoras, laptops, tablets) 100% 30%
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental 100% 35%
Comunicaciones telefónicas 100% 10%
Comunicaciones satelitales 100% 10%
Maquinaria y equipo de manufactura 100% 10%–30% según sector
Automóviles (con topes de MOI) 25% 25%
Construcciones 10% 5%
Mobiliario y equipo de oficina 100% 10%
Otros activos fijos no especificados 100% 10%

Cómo funciona en la práctica: si compras una laptop para tu trabajo freelance en marzo de 2025 por $25,000 (sin IVA), en tu declaración anual voluntaria puedes deducir el 100% = $25,000 de tu base gravable anual. Si presentas con ingresos de $300,000 y esa deducción los lleva a $275,000, tu ISR anual recalculado será menor. La diferencia versus lo que pagaste mensualmente es el saldo a favor.

⚠️ Requisito crítico: para que la deducción de inversiones sea válida, el activo debe ser estrictamente indispensable para la actividad (Art. 27-I LISR). Una laptop de trabajo sí. Un televisor de entretenimiento personal no. En caso de revisión del SAT, debes poder demostrar el vínculo entre el activo y tu actividad económica registrada.

Respuesta directa a las 8 dudas más frecuentes sobre deducciones RESICO

¿La gasolina es deducible en RESICO?

Para ISR: no. Ningún gasto operativo lo es en el ISR mensual RESICO. Para IVA: depende de cómo pagas. El IVA de la gasolina pagada con tarjeta de crédito o débito bancaria (con CFDI) es acreditable en tu declaración de IVA mensual. La gasolina pagada en efectivo no genera IVA acreditable aunque tengas el CFDI — el pago en efectivo impide el acreditamiento.

¿Los gastos médicos son deducibles en RESICO?

Para ISR mensual: no. Para ISR anual voluntario: , vía declaración anual del ejercicio con las deducciones personales del Art. 151 fr. I LISR. Condición: pagados con tarjeta o transferencia, con CFDI a tu RFC. Si solo los pagas en efectivo, aunque tengas el comprobante, no son deducibles para el ISR.

¿Las colegiaturas son deducibles en RESICO?

Para ISR mensual: no. Para ISR anual voluntario: , con los topes por nivel educativo del Decreto DOF 2011 (preescolar $14,900, primaria $12,900, secundaria $19,900, profesional técnico $17,100, bachillerato $24,500). Condición: pagadas con medios electrónicos, CFDI con CURP del estudiante.

¿Los pagos en efectivo son deducibles en RESICO?

Para ISR mensual: no aplica la pregunta (nada se deduce en ISR mensual RESICO). Para IVA acreditable: los pagos en efectivo superiores a $2,000 no permiten el acreditamiento del IVA conforme al Art. 5 LIVA y las reglas generales. Para deducciones personales en declaración anual: los gastos personales pagados en efectivo no son deducibles aunque tengas CFDI — el SAT valida el método de pago en el comprobante.

¿Un RESICO puede deducir un automóvil?

Sí, como deducción de inversiones vía declaración anual voluntaria. Con dos limitaciones: (1) tope MOI de $175,000 (o $250,000 para híbridos/eléctricos) y (2) tasa de depreciación del 25% anual. Si el automóvil cuesta $300,000, solo puedes deducir sobre los primeros $175,000, y solo el 25% del primer año = $43,750 de deducción. Debe ser estrictamente indispensable para la actividad.

¿En RESICO se puede deducir el IVA de los gastos?

Sí — pero no para el ISR. El IVA de tus gastos de negocio (el 16% que pagaste a tus proveedores) se acredita contra el IVA que trasladaste a tus clientes. Esta operación ocurre mensualmente en tu declaración de IVA. Es independiente del ISR RESICO. Ver: IVA en RESICO 2026.

¿Qué es el "visor de deducciones" o "visor de gastos" del SAT para RESICO?

El SAT tiene un módulo dentro del portal de declaraciones donde muestra los CFDI de egresos (gastos) emitidos a tu RFC por tus proveedores durante el ejercicio. Este "visor de gastos" o "visor de deducciones" sirve para verificar que los CFDI de tus gastos estén correctamente cargados para el IVA acreditable mensual y para las deducciones de inversiones y personales en la declaración anual voluntaria. Accede en: sat.gob.mx → Declaraciones → Personas Físicas → Sección de deducciones.

¿RESICO puede deducir si tiene empleados (sueldos)?

Para ISR mensual: no. Los sueldos que pagas no reducen tu base ISR. Pero sí tienes obligaciones patronales: debes retener el ISR de la nómina de tus empleados, enterarlo al SAT, y cumplir con las cuotas del IMSS. Esas son cargas patronales, no deducciones RESICO. Para PTU: si tienes empleados, también debes calcular y repartir utilidades conforme a la LFT. Ver: PTU en RESICO.

Deducciones RESICO personas morales: un régimen completamente diferente

Las personas morales en RESICO (Art. 208 LISR) tienen acceso a deducciones autorizadas similares al régimen general, porque su ISR se calcula sobre la utilidad (ingresos cobrados menos deducciones pagadas) y no sobre ingresos brutos como las personas físicas.

Concepto deducible RESICO PM (Art. 208 LISR) Condición clave
Devoluciones, descuentos y bonificaciones ✓ Deducible Efectivamente pagadas o aceptadas en el periodo
Adquisición de mercancías, materias primas e insumos ✓ Deducible Efectivamente pagadas en el ejercicio
Gastos operativos (renta, servicios, publicidad) ✓ Deducible Efectivamente pagados, con CFDI vigente
Inversiones (activos fijos) ✓ Deducible Con tasas del Art. 34–38 LISR (régimen general)
Intereses pagados vinculados a la actividad ✓ Deducible Efectivamente pagados y relacionados a la operación
Cuotas patronales al IMSS e INFONAVIT ✓ Deducible Efectivamente pagadas
Sueldos y salarios ✓ Deducible Con nómina timbrada y retenciones enteradas
Gastos no estrictamente indispensables ✗ No deducible Mismo criterio que régimen general

La diferencia fundamental respecto al régimen general: en RESICO PM las deducciones aplican sobre el flujo de efectivo (lo efectivamente pagado en el periodo), no sobre lo devengado. Esto puede generar diferencias entre la contabilidad financiera y el ISR fiscal. Para el análisis completo: RESICO personas morales 2026.

Preguntas frecuentes sobre deducciones en RESICO

¿En RESICO no hay deducciones?

Parcialmente correcto. Para calcular el ISR mensual, no hay deducciones de gastos del negocio — el impuesto se aplica sobre ingresos brutos. Pero el IVA de tus gastos sí es acreditable mensualmente (reduce el IVA a pagar), y si presentas declaración anual voluntaria, puedes aplicar deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, hipoteca, etc.) que pueden generar saldo a favor. Además existe la deducción de inversiones en activos fijos (Art. 113-H LISR).

¿Las deducciones personales aplican en RESICO?

Sí, pero solo mediante la declaración anual voluntaria. Las deducciones personales del Art. 151 LISR (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios reales, aportaciones a retiro, primas de seguros médicos, donativos y gastos funerarios) se aplican en la declaración del ejercicio. En la declaración mensual no se pueden usar. Reglas 3.13.20 y 3.13.21 RMF 2026.

¿Puedo deducir el IVA de mis gastos en RESICO?

Sí, el IVA de tus gastos de negocio (el 16% que pagaste a proveedores) se acredita en tu declaración de IVA mensual, reduciendo el IVA que debes pagar al SAT. Condición: contar con el CFDI del gasto y haber pagado por medio electrónico (tarjeta o transferencia). El IVA de pagos en efectivo generalmente no es acreditable. Esto es independiente del ISR RESICO.

¿Los activos fijos se pueden depreciar en RESICO?

Sí. El Art. 113-H LISR establece tasas de deducción de inversiones para personas físicas RESICO, con porcentajes en muchos casos del 100% en el primer año (equipo de cómputo, maquinaria, mobiliario). La deducción aplica en la declaración anual voluntaria, no en los pagos mensuales. Automóviles tienen tope de MOI ($175,000) y tasa del 25% anual.

¿Resico puede deducir gastos médicos que pagué en efectivo?

No. Para que los gastos médicos sean deducibles en la declaración anual voluntaria RESICO, deben estar pagados con medios electrónicos (tarjeta de crédito, débito o transferencia). El SAT valida el método de pago en el CFDI — un comprobante de honorarios médicos pagados en efectivo no es deducible aunque tenga todos los datos fiscales correctos.

¿Existe diferencia entre "deducir" y "acreditar" en RESICO?

Sí, y es clave entenderla. Deducir (para ISR): restar un gasto de tu base gravable antes de calcular el impuesto — en RESICO PF mensual no puedes hacer esto con gastos del negocio, pero sí con deducciones personales en la anual voluntaria. Acreditar (para IVA): restar el IVA que pagaste a proveedores del IVA que cobras a clientes — esto sí puedes hacerlo mensualmente en todos los regímenes incluyendo RESICO.

Equipo editorial — Trámites Notariales MX

Actualizado: mayo 2026

Art. 113-E (ISR sobre ingresos brutos sin deducciones), Art. 113-H (deducción de inversiones RESICO PF), Art. 113-I (restricción de estímulos adicionales) — LISR vigente 2026 Art. 151 LISR (deducciones personales), Decreto DOF 15-feb-2011 (colegiaturas), Art. 36-II LISR (tope MOI automóviles) Art. 208 LISR (deducciones autorizadas RESICO PM) — vigente 2026 Art. 5 LIVA (requisitos IVA acreditable), RMF 2026 Reglas 3.13.20 y 3.13.21 (declaración anual voluntaria con deducciones personales)
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