Factura Global RESICO: Cómo Hacerla, Cuándo y Qué Pasa Si No La Emites

Aviso: Artículo basado en la Regla 2.7.1.21 RMF 2026 (CFDI global público en general), Art. 113-G LISR (obligación RESICO de facturar y restricción de cancelación del global) y Art. 84 fracc. IV CFF (multas por no expedir CFDI). Confirma las claves de catálogo vigentes en el Anexo 20 del SAT.

La factura global (CFDI al público en general) es el comprobante que emites para consolidar todas las ventas donde tus clientes no solicitaron factura individual. En RESICO es obligatoria y tiene una regla que distingue de otros regímenes: solo puedes emitirla mensualmente, no de forma diaria ni semanal como otros contribuyentes (Regla 2.7.1.21 RMF 2026). Siempre con el RFC genérico XAXX010101000.

Dos datos que más confunden: (1) la factura global sí lleva IVA si tus operaciones causaron IVA — debes desglosarlo aunque lo pongas como monto total del periodo; (2) en RESICO solo puedes cancelarla dentro del mismo mes de emisión (Art. 113-G LISR) — la regla general que da hasta el ejercicio siguiente no aplica al global de RESICO.

Qué es la factura global y por qué el RESICO está obligado a emitirla

La factura global es un CFDI de tipo Ingreso que agrupa todas las ventas del periodo a clientes que no solicitaron comprobante individual. No es opcional — el Art. 113-G fracc. III LISR establece que las personas físicas en RESICO deben expedir CFDI por la totalidad de sus operaciones, incluyendo las de público en general.

Si recibes pagos en efectivo, tarjeta, transferencia o cualquier otro medio y el cliente no te pide factura con su RFC, tú debes emitir la factura global para que el SAT conozca esos ingresos. Sin ese CFDI, los depósitos en tu cuenta bancaria pueden ser detectados como ingresos no declarados en cruces automatizados del SAT.

¿Quién emite factura global en RESICO?

  • Cualquier RESICO que realice ventas al público en general — tiendas, consultorios, talleres, restaurantes, servicios varios.
  • También quienes prestan servicios a personas físicas que no solicitan comprobante.
  • No necesitas emitirla si todas tus ventas tienen CFDI individual — en ese caso la global ya no tiene objeto.
¿Y si un mes no tuve ventas al público general? Si todos tus ingresos del mes fueron facturados individualmente (con RFC del cliente), no necesitas emitir factura global ese mes. Solo debes presentar tu declaración mensual en ceros por el CFDI global. Si no tuviste ningún ingreso, tampoco emites — pero sí presentas la declaración mensual de ISR e IVA en ceros.

Periodicidad de la factura global RESICO en 2026: solo mensual

Este es el cambio más relevante de 2026 que nadie explica claramente. La Regla 2.7.1.21 de la RMF 2026 modificó las opciones de periodicidad para RESICO:

Régimen Periodicidades disponibles Clave SAT
Personas morales (Régimen General 601, etc.) Diaria, semanal, quincenal o mensual — el contribuyente elige 01, 02, 03, 04
Personas físicas en general (612, 606, etc.) Diaria, semanal, quincenal o mensual — el contribuyente elige 01, 02, 03, 04
RESICO personas físicas (626) Solo mensual — obligatorio 04
RIF (621) — activos hasta completar 10 años Mensual o bimestral 04, 05
⛔ Si tu PAC te ofrece periodicidad diaria o semanal siendo RESICO, es un error de configuración. La Regla 2.7.1.21 RMF 2026 solo permite la periodicidad mensual (clave 04) para contribuyentes del régimen 626. Emitir con periodicidad incorrecta genera un CFDI que el SAT puede considerar inválido y que no cumple con la obligación. Verifica que tu sistema de facturación tenga correctamente configurado el régimen 626 y la periodicidad 04.

La periodicidad mensual significa que emites una sola factura global por mes, consolidando todas las ventas sin CFDI individual del mes completo. El plazo para emitirla: dentro de las primeras 72 horas hábiles del mes siguiente (conforme a la Regla 2.7.1.21 y su referencia al Art. 29 CFF). En términos prácticos, emítela los primeros días de cada mes para cerrar el mes anterior.

Paso a paso: cómo llenar la factura global RESICO en el CFDI 4.0

1
Accede a tu sistema de facturación (PAC) o al portal del SAT (Factura Fácil) Puedes usar cualquier PAC autorizado o el portal del SAT en sat.gob.mx → "Genera tu factura". Para el global necesitas que el sistema soporte el nodo de Información Global del CFDI 4.0.
2
Selecciona tipo de comprobante: CFDI de Ingreso (I) El global es un CFDI de tipo Ingreso, igual que cualquier factura ordinaria. No es un tipo especial de documento — es el mismo CFDI con campos específicos del receptor y el nodo de Información Global.
3
Llena los datos del Emisor con tu información exacta RFC: tu RFC de 13 caracteres. Nombre: exactamente como en tu Constancia de Situación Fiscal. Régimen Fiscal: 626. CP: tu código postal fiscal.
4
Llena los datos del Receptor con los valores fijos del público general Estos datos son siempre los mismos para el CFDI global nacional — no importa qué vendiste ni a quién:

Datos fijos del Receptor en la Factura Global RESICO

RFC Fijo XAXX010101000 — siempre este RFC, exactamente asíX mayúscula, A mayúscula, X mayúscula, X mayúscula, seguido de 010101000. No confundir con XEXX (ese es para extranjeros)
Nombre Fijo PUBLICO EN GENERAL — texto exacto en mayúsculas, sin acento
RegimenFiscalReceptor Fijo 616 — Sin Obligaciones FiscalesSiempre 616 para público en general, sin excepción
UsoCFDI Fijo S01 — Sin efectos fiscalesLa factura global no es deducible para el receptor — uso S01 siempre
DomicilioFiscalReceptor El código postal del Emisor (el tuyo)En el CFDI global el CP del receptor es el de tu propio domicilio fiscal — no hay un CP del cliente porque es público general
5
Activa el nodo "Información Global" y llena los campos obligatorios Este nodo distingue al CFDI global de una factura ordinaria. Es obligatorio y sin él el CFDI no es válido como global. Campos requeridos: Periodicidad = 04 (Mensual), Meses = el mes que estás cerrando (ej. "01" para enero), Año = el año del ejercicio (ej. "2026").
6
Captura el concepto con el total de ventas sin CFDI del mes Un solo concepto puede ser suficiente. La descripción puede ser genérica: "Venta al público en general correspondiente al mes de [mes] de [año]". La clave de producto/servicio puede ser 01010101 (No existe en el catálogo) para operaciones globales, o la clave de tu actividad principal. El valor unitario es el subtotal total del mes (todas las ventas sin factura individual, antes de impuestos).
7
Desglosa el IVA si tus ventas causaron IVA Aunque sea un monto total del periodo, debes separar el IVA. Si todas tus ventas fueron a tasa 16%, el nodo de Impuestos-Traslados lleva el IVA 16% sobre el subtotal total. Si algunas fueron a 0% y otras a 16%, debes desglosar los dos conceptos por separado o usar el total con la tasa ponderada. Si todas fueron exentas o tasa 0%, el IVA es $0.
8
Timbra el CFDI con tu e.firma o CSD El global requiere el mismo proceso de timbrado que cualquier CFDI 4.0. El PAC valida los datos y genera el UUID y el sello del SAT. Descarga el XML y el PDF.

¿La factura global RESICO lleva IVA? La respuesta exacta

Esta pregunta tiene 10 búsquedas exactas en el dataset — y la confusión es justificada porque la respuesta depende de lo que vendiste. No es sí o no categórico.

  • Sí lleva IVA (16%) si tus ventas del mes son de bienes o servicios que sí causan IVA — la mayoría de los productos y servicios en México. El IVA se desglosado en el nodo Impuestos-Traslados, igual que en cualquier factura.
  • No lleva IVA (o lleva tasa 0%) si tus ventas son de productos exentos (medicamentos, alimentos básicos no procesados) o servicios exentos (ciertos servicios médicos). En ese caso el nodo de impuestos refleja $0 de IVA o tasa 0%.
  • Combinas tasas si algunos productos son a 16% y otros a 0% o exentos. Debes desglosar los conceptos por separado o usar la suma correcta de cada tasa.
Ejemplo: cafetería RESICO, enero 2026. Ventas totales sin CFDI individual: $48,000 (todos con IVA 16%)
Subtotal de ventas al público enero$48,000.00
IVA trasladado (16% × $48,000)$7,680.00
Total del CFDI global de enero$55,680.00

En la declaración mensual de IVA, los $7,680 de IVA trasladado en el global se suman a los IVAs de tus otras facturas individuales del mes para calcular el IVA a pagar. El CFDI global no es distinto en su tratamiento de IVA — es como cualquier otro CFDI de ingreso.

⚠️ El error más frecuente: capturar el total con IVA incluido como si fuera el subtotal. Si vendiste $55,680 en el mes (IVA incluido), el subtotal del CFDI debe ser $48,000 y el IVA $7,680 — no $55,680 como subtotal. Si pones $55,680 como subtotal y luego agregas el 16%, estarías duplicando el IVA y declarando $64,590 de total cuando en realidad cobraste $55,680.

Cancelación de la factura global RESICO: la regla más restrictiva del régimen

El Art. 113-G LISR establece una regla de cancelación especial para el CFDI global de RESICO: solo puede cancelarse dentro del mismo mes de emisión. Esta regla es más restrictiva que la general (que permite cancelar CFDI dentro del mismo ejercicio fiscal o incluso hasta el siguiente para personas físicas).

¿Qué significa en práctica?

  • Si emitiste el global de enero en los primeros días de febrero y detectas un error, tienes hasta el último día de febrero para cancelarlo y reemitirlo correctamente.
  • Si ya pasó el mes de emisión y necesitas corregir el global, no puedes cancelarlo directamente — debes presentar una aclaración ante el SAT.
  • La restricción aplica específicamente al CFDI global de RESICO — no a tus facturas individuales, que siguen las reglas generales de cancelación.

Cómo cancelar y corregir el global dentro del mismo mes

  1. Identifica el error (monto incorrecto, IVA mal calculado, período equivocado).
  2. Presenta la solicitud de cancelación con motivo 01 — Errores con relación (la operación sí existió pero hay datos incorrectos).
  3. El CFDI global no requiere aceptación del receptor (el receptor es el RFC genérico XAXX) — la cancelación procede automáticamente.
  4. Emite el nuevo CFDI global correcto, relacionando el folio del CFDI cancelado con tipo de relación 04 — Sustitución de CFDI previos.

Qué hacer si un cliente pide factura individual después de que ya emitiste el global

Este es el escenario más frecuente en negocios con público general: vendiste en efectivo el 5 de enero, no emitiste CFDI, cerraste el mes con tu global donde incluiste esa venta. El 15 de febrero el cliente regresa y pide su factura individual.

El proceso correcto:

  1. Si el CFDI global de enero todavía puede cancelarse (si estás en el mes de febrero y es dentro de los primeros días): cancela el global con motivo 04 — Operación en factura global, emite la factura individual con los datos del cliente, y emite un nuevo global que no incluya esa venta.
  2. Si ya no puedes cancelar el global porque ya pasó el mes: en este caso la operación ya está reportada al SAT en el global. La posibilidad de emitir una factura individual retroactiva con fecha del mes anterior genera ingresos duplicados en el sistema del SAT. La solución más práctica es explicarle al cliente que su venta ya está en el global y que ese CFDI no es deducible individualmente — o consultar con contador para el procedimiento de aclaración específico.
✅ Prevención: la forma de evitar este problema es preguntar al cliente en el momento de la venta si necesita factura. Si dice que sí, emites el CFDI individual inmediatamente. Si dice que no, esa venta va al global. Si dice "te aviso", emite el CFDI con PPD y esperas — si no te avisa, cancélalo con motivo 02 antes del cierre del mes e inclúyelo en el global. Esa secuencia evita las correcciones retroactivas.

¿Qué pasa si no hago la factura global RESICO?

La omisión de la factura global no es un error menor. Tres consecuencias directas:

1 — Multas por no expedir CFDI

El Art. 84 fracc. IV inciso b) CFF establece multas específicas para contribuyentes RESICO que no expiden CFDI. Para 2026, la multa por no emitir va de $1,910 a $3,800 por comprobante omitido. Si llevas 6 meses sin emitir tu factura global mensual, son 6 omisiones — la multa puede acumularse entre $11,460 y $22,800 por ese solo concepto.

2 — Ingresos no declarados y discrepancia fiscal

El SAT cruza tus depósitos bancarios con tus CFDI emitidos. Si tienes depósitos de $80,000 en enero pero solo tienes $30,000 en CFDI individuales y no emitiste global, el SAT detecta una discrepancia de $50,000 que puede tipificarse como ingreso no declarado. Eso lleva a requerimientos, auditorías y determinación de ISR e IVA omitidos con recargos del 2.07% mensual.

3 — Riesgo de expulsión del RESICO

No emitir CFDI es un incumplimiento de las obligaciones del Art. 113-G LISR. Incumplimientos repetidos pueden activar la salida automática del régimen conforme a la Regla 3.13.30 RMF 2026 — que también incluye la omisión de declaraciones informativas. El SAT puede considerar que la omisión del CFDI global equivale a declarar ingresos incorrectos.

Si ya llevas meses sin emitir la factura global: presenta las facturas globales extemporáneas lo antes posible, correspondientes a cada mes omitido. Aunque sean tardías, emitirlas te permite regularizar la situación antes de un requerimiento formal del SAT. La autocorrección antes del requerimiento reduce significativamente las multas conforme al Art. 73 CFF.

Preguntas frecuentes sobre la factura global RESICO

¿Qué RFC se usa en la factura global RESICO?

El RFC genérico XAXX010101000 — siempre este, sin excepciones para el público general nacional. Los datos fijos del receptor son: RFC XAXX010101000, Nombre PUBLICO EN GENERAL, Régimen Fiscal 616 (Sin Obligaciones Fiscales), Uso del CFDI S01 (Sin efectos fiscales). El código postal del receptor es el del domicilio fiscal del emisor (el tuyo).

¿Con qué periodicidad hace el RESICO la factura global?

Solo mensual (clave de periodicidad 04), según la Regla 2.7.1.21 de la RMF 2026. A diferencia de otros regímenes que pueden elegir periodicidad diaria, semanal o quincenal, el RESICO únicamente puede emitir el CFDI global de manera mensual. Debe emitirse dentro de las primeras 72 horas del mes siguiente al que se cierra.

¿La factura global RESICO lleva IVA?

Sí, si tus ventas del mes causaron IVA. El IVA se desglosa en el nodo Impuestos-Traslados del CFDI, igual que en cualquier factura. Si vendiste $48,000 con IVA 16%, el CFDI lleva: subtotal $48,000, IVA $7,680, total $55,680. Si tus ventas son de productos exentos o tasa 0% (alimentos básicos, medicamentos), el CFDI no lleva IVA o lleva tasa 0%.

¿Puedo cancelar la factura global RESICO si me equivoqué?

Sí, pero solo dentro del mismo mes de emisión (Art. 113-G LISR). Si el global de enero lo emitiste en los primeros días de febrero, tienes hasta el último día de febrero para cancelarlo y corregirlo. Después de ese mes ya no puedes cancelarlo directamente — el error requiere una aclaración ante el SAT. Úsalo con motivo de cancelación 01 (errores con relación) y emite el correcto relacionando al cancelado con tipo de relación 04 (sustitución).

¿Qué pasa si no emito la factura global RESICO?

Tres consecuencias: (1) multas de $1,910 a $3,800 por comprobante omitido (Art. 84 fracc. IV CFF); (2) discrepancia fiscal — el SAT cruza tus depósitos con tus CFDI y puede requerir explicación de ingresos no reportados; (3) riesgo de incumplimiento de obligaciones que puede activar la salida del RESICO. Si ya llevas meses sin emitirla, emite las globales extemporáneas cuanto antes — la autocorrección reduce multas.

¿Qué pasa si un cliente pide factura individual después de emitir el global?

Si el CFDI global todavía puede cancelarse (dentro del mes de emisión): cancela el global con motivo 04 (operación en factura global), emite la factura individual con los datos del cliente, y emite un nuevo global excluyendo esa venta. Si ya no puedes cancelar el global, la operación ya está reportada al SAT — el cliente no puede obtener factura deducible para esa venta. Para evitar este problema, pregunta siempre en el momento de la venta si el cliente necesita factura.

¿Puedo incluir en el global ventas que ya facturé individualmente?

No. Si ya emitiste un CFDI individual con el RFC del cliente para una venta específica, esa operación ya está documentada. Incluirla también en el global duplica el ingreso ante el SAT, lo que generará inconsistencias en tu declaración y puede interpretarse como ingreso inflado. El global solo incluye operaciones que no tienen CFDI individual previo.

Equipo editorial — Trámites Notariales MX

Actualizado: mayo 2026

Art. 113-G fracc. III LISR (obligación RESICO de expedir CFDI por todas las operaciones, incluyendo público en general) y Art. 113-G LISR último párrafo (cancelación del CFDI global solo en el mes de emisión) RMF 2026, Regla 2.7.1.21 (CFDI global público en general — periodicidad mensual obligatoria para RESICO, clave 04; desglose obligatorio de IVA e IEPS) SAT. Anexo 20 del CFDI 4.0 — catálogos c_Periodicidad (periodicidades válidas por régimen), nodo InformacionGlobal (obligatorio en CFDI global) Art. 84 fracc. IV inciso b) CFF (multas por no expedir CFDI para contribuyentes RESICO — $1,910 a $3,800 por comprobante) Art. 73 CFF (reducción de multas por autocorrección antes de requerimiento del SAT)
Subir